País Vasco
La Comunidad Autónoma del País Vasco reguló el derecho de acceso con perro de asistencia en el año 2007, mediante la Ley 10/2007, de 29 de junio, sobre perros de asistencia para la atención a personas con discapacidad.
La competencia para la acreditación, registro e identificación de los perros de asistencia queda atribuida a cada una de las Diputaciones Forales, por lo que las tres Diputaciones vascas han regulado por vía reglamentaria los correspondientes procedimientos.
En Vizcaya se dictó el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 70/2009, de 12 de mayo, por el que se crea el Registro de perros de asistencia y se establece el procedimiento para su acreditación.
En Guipúzcoa se publicó el Decreto Foral 34/2014, de 21 de octubre (publicación oficial bilingüe). A su vez, el Decreto fue desarrollado mediante la Orden Foral 879/2014, de 13 de noviembre (publicación oficial bilingüe), por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitud de registro y de Cartilla de Perro de Asistencia para la atención a personas con discapacidad.
La Diputación de Álava dictó el Decreto Foral 35/2015, de 9 de junio (publicación oficial) para regular el reconocimiento y registro de los perros de asistencia en ese Territorio Histórico. La información sobre el trámite para el registro y acreditación de los perros de asistencia en Álava se puede encontrar en la web oficial de esta Diputación.